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Cuatro masones condenados en La Habana por cambiar 300 dólares de un asilo
El Tribunal Municipal de Diez de Octubre impuso entre dos y cuatro años de limitación de libertad a cuatro masones por «tráfico ilegal de divisas», en una causa sostenida sobre dos operaciones del Asilo Nacional Masónico Llansó, según elTOQUE y Periódico Cubano.
El Tribunal Municipal Popular de Diez de Octubre, en La Habana, condenó el 5 de noviembre de 2026 a cuatro masones por un delito de tráfico ilegal de divisas. El resultado se conoció esa misma tarde, en una nota informativa del propio tribunal difundida en Facebook, según elTOQUE y Periódico Cubano.
Los condenados son José Ramón Viñas Alonso, antiguo soberano gran comendador del Supremo Consejo del Grado 33 y presidente del patronato del Asilo Nacional Masónico Llansó; el escritor y expreso político Ángel Lázaro Santiesteban Prats, actual soberano gran comendador; Fernando Marcos García, contador del asilo, y Osvaldo Ernesto Villegas Digat.
Viñas Alonso recibió la pena más alta: cuatro años de limitación de libertad y una multa de 500 cuotas de 50 CUP, 25.000 CUP en total. Marcos García fue sancionado a tres años con una multa de 500 cuotas de 40 CUP, y Santiesteban Prats y Villegas Digat a dos años cada uno con la misma multa, 20.000 pesos según Periódico Cubano. La limitación de libertad restringe los desplazamientos, pero no supone el ingreso en prisión.
La acusación describe dos operaciones que suman 300 dólares, hechas con casi dos años de diferencia. El 14 de septiembre de 2023, Santiesteban entregó 49.600 pesos de su propiedad a cambio de 200 dólares donados al asilo; el 13 de junio de 2025, Villegas Digat cambió 100 dólares de la institución por 37.500 pesos. Según la Fiscalía, Viñas Alonso autorizó las dos.
La defensa, a cargo del abogado Roberto Ortega Ortiz, pidió la absolución: sostuvo que la conducta no constituía delito, que ninguno de los acusados obtuvo un beneficio personal y que los primeros 200 dólares se usaron para comprar leche en polvo para los ancianos del asilo. El Centro de Información Legal Cubalex afirmó el 4 de noviembre que las dos operaciones estaban registradas en los libros contables de la institución.
En las sanciones accesorias el tribunal fue más allá de lo que había pedido la Fiscalía: impuso a los cuatro la privación de derechos, la prohibición de salir del territorio nacional y la prohibición de ejercer cargo u oficio, cuando el fiscal solo había solicitado esa última para Viñas Alonso.
Viñas Alonso y Santiesteban declararon que la Seguridad del Estado les había ofrecido retirar las acusaciones y facilitarles la salida del país si abandonaban sus cargos masónicos. «Ellos dijeron, o se quitan o los quitamos», relató Santiesteban, que negó haber reconocido el delito y afirmó que el instructor le atribuyó palabras ajenas a su declaración.
Aunque el delito imputado es contra el orden económico, el expediente lo instruyó el órgano del Ministerio del Interior que investiga los delitos contra la seguridad del Estado, y la vista se celebró en una sala que comparte local con la de esos delitos, con un dispositivo policial y militar en los alrededores y periodistas mantenidos lejos de la sede.
Fuentes: elTOQUE · Periódico Cubano
Datos actualizados: 2026-11-06T16:15:00.000Z
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